Calcula si pagas el Impuesto sobre el Patrimonio en Navarra y cuánto, con el mínimo exento de 550.000 €, la exención de la vivienda habitual y la escala foral de 2026.
Pon solo tu parte. El impuesto es individual: si un bien es de los dos cónyuges, a cada uno le corresponde la mitad.
Opcional: límite conjunto con el IRPF
Si tienes mucho patrimonio y poca renta, el Impuesto de Patrimonio se puede rebajar: este impuesto más el IRPF no pueden superar el 65 % de tu base imponible del IRPF (con una rebaja máxima del 55 %). Los datos salen de tu declaración de la Renta.
Sin las ganancias por vender bienes que tenías desde hace más de un año.
La que corresponde a esa misma base.
Escribe el valor de tus bienes para ver el impuesto.
Impuesto a pagar
Base liquidabletras el mínimo de 550.000 €
¿Debes declarar?
Cómo se ha calculado
Del valor de tus bienes se restan las exenciones, las deudas y el mínimo exento.
Concepto
Importe
Escala aplicada
Cada tipo se aplica solo a la parte de la base liquidable que cae en su tramo.
Tramo
Tipo
Cuota
¿Y tu declaración de la Renta?
El Impuesto de Patrimonio se presenta en el mismo plazo que la Renta. Calcula si te sale a pagar o a devolver.
Cómo funciona el Impuesto de Patrimonio en Navarra
El Impuesto sobre el Patrimonio grava lo que tienes a 31 de diciembre: inmuebles, dinero, inversiones y otros bienes, menos tus deudas. En Navarra es un impuesto foral, con su propia ley, y es distinto del de las comunidades de régimen común. El de 2026 se declara en la campaña de la Renta de 2027.
¿Quién paga el Impuesto de Patrimonio en Navarra?
Quien vive en Navarra paga por todo su patrimonio, esté donde esté. Antes de aplicar la escala se restan:
El mínimo exento de 550.000 € por persona.
La vivienda habitual, hasta 250.000 €.
Las deudas, como préstamos e hipotecas, con algún matiz para la de la vivienda.
Los bienes exentos: planes de pensiones, el ajuar doméstico (muebles y enseres de casa) y, con requisitos, los bienes de una actividad o empresa familiar.
Ejemplo: una persona tiene una vivienda de 300.000 € sin hipoteca y 400.000 € en cuentas y fondos. La vivienda está exenta hasta 250.000 €, así que computan 50.000 €. Con los 400.000 € suma 450.000 €, que es menos que el mínimo de 550.000 €: no paga nada.
¿Quién tiene que presentar la declaración?
Hay que presentarla si se cumple cualquiera de estas dos condiciones:
Te sale cuota a pagar.
El valor de tus bienes y derechos supera 1.000.000 €, aunque no salga nada a pagar.
Esta calculadora compara ese millón con la suma de todos los bienes que escribes, antes de restar deudas.
Cómo se valora cada bien
El valor que se declara no es siempre el de mercado. La ley foral fija una regla para cada tipo de bien:
Bien
Valor que se declara
Inmuebles
El mayor de: valor catastral, precio de compra o valor comprobado por Hacienda.
Cuentas y depósitos
El mayor de: saldo a 31 de diciembre o saldo medio del último trimestre.
Acciones y bonos en bolsa
Cotización media del cuarto trimestre.
Fondos de inversión
Valor liquidativo a 31 de diciembre.
Empresas que no cotizan
Patrimonio neto del último balance, con reglas especiales si no está auditado.
Seguros de vida
Valor de rescate a 31 de diciembre.
Coches, motos, barcos, joyas y arte
Valor de mercado. Para coches usados sirven las tablas de Hacienda.
Deudas
Lo que queda por pagar a 31 de diciembre, si se puede justificar.
Vivienda habitual e hipoteca
La vivienda habitual está exenta hasta 250.000 €. Si vale más, solo computa lo que pasa de esa cifra.
Con la hipoteca hay un matiz: las deudas para comprar bienes exentos no se pueden restar. Como la vivienda está exenta solo en parte, la hipoteca se resta en la misma proporción en que la vivienda no está exenta.
Ejemplo: vivienda de 400.000 € con 100.000 € de hipoteca pendiente. No están exentos 150.000 €, el 37,5 % de su valor. Por eso solo se restan 37.500 € de la hipoteca, el mismo 37,5 %.
La calculadora hace este reparto sola. Las deudas de otros inmuebles, como la hipoteca de una segunda vivienda, se restan enteras.
Matrimonio: cada uno declara lo suyo
El impuesto es individual. Los bienes comunes del matrimonio, de conquistas o gananciales, se reparten por mitad salvo que se pruebe otra proporción. Cada cónyuge presenta su propia declaración, y cada uno tiene su mínimo exento de 550.000 € y su exención de vivienda hasta 250.000 €. Por eso un matrimonio con todo en común puede llegar a 1.100.000 € de patrimonio sin pagar nada, más la parte exenta de la vivienda.
Escala del Impuesto de Patrimonio en Navarra 2026
Es una escala progresiva: cada tipo se aplica solo a la parte de la base que cae en su tramo. Es la misma que en 2025.
Base liquidable
Tipo del tramo
Pagado al final del tramo
Hasta 155.511,88 €
0,16 %
248,82 €
Hasta 311.023,76 €
0,24 %
622,04 €
Hasta 622.047,53 €
0,40 %
1.866,13 €
Hasta 1.244.095,06 €
0,72 %
6.344,87 €
Hasta 2.488.190,11 €
1,04 %
19.283,46 €
Hasta 4.976.380,22 €
1,36 %
53.122,84 €
Hasta 9.952.760,45 €
1,68 %
136.726,02 €
Hasta 11.003.784,50 €
2,00 %
157.746,50 €
Más de 11.003.784,50 €
3,50 %
–
Límite conjunto con el IRPF
El Impuesto de Patrimonio y el IRPF juntos no pueden superar el 65 % de la base imponible del IRPF. Si la superan, se rebaja el de Patrimonio, pero como máximo un 55 %. Se aplica sobre todo a quien tiene mucho patrimonio y pocos ingresos.
Para este cálculo no cuentan las ganancias por vender bienes que se tenían desde hace más de un año. Tampoco se puede rebajar la parte del impuesto que corresponde a bienes que no dan rentas, como la vivienda habitual, una segunda vivienda sin alquilar, los vehículos o las joyas. La calculadora hace este reparto de forma aproximada, en proporción al valor de cada tipo de bien.
Plazo y cómo presentarlo
Plazo: el mismo que la Renta. Para el ejercicio 2025 fue del 9 de abril al 25 de junio de 2026, y el de 2026 se fijará en la orden foral de la campaña de 2027.
Modelo: el F-83, solo por internet y de forma individual.
Pago: por domiciliación, pasarela de pagos o carta de pago (modelo 711) en una entidad colaboradora. No se admite transferencia. Se puede pagar en dos plazos sin intereses: el 50 % a principios de julio y el resto en noviembre.
Si tienes bienes afectos a una actividad o participaciones en una empresa familiar, es muy posible que estén exentos. Esta calculadora no lo tiene en cuenta: en ese caso conviene que lo revise una asesoría.
Marco normativo
Ley del impuesto:Ley Foral 13/1992, de 19 de noviembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. Exenciones: art. 5 (vivienda habitual, art. 5.7). Titularidad: art. 7. Valoración: arts. 10 a 24. Deudas no deducibles: art. 25. Mínimo exento: art. 28. Límite con el IRPF: art. 31. Obligación de declarar: art. 36.